
BOGOTÁ, Colombia
La Cámara de Diputados de México aprobó la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, que regula el cultivo, la producción, la industrialización, la distribución, la venta y el consumo de marihuana con fines lúdicos o recreativos. Este miércoles 10 de marzo, con 316 votos a favor, 129 en contra y 23 abstenciones el Legislativo autorizó el cambio en las políticas nacionales de drogas.
El debate que tuvo una duración de aproximadamente cuatro horas puso fin a un proceso que comenzó en 2018, cuando la Suprema Corte de Justicia falló a favor de consumidores que habían interpuesto un amparo para que se permitiera el uso personal del cannabis. Además, durante la sesión se reformaron y adicionaron disposiciones de la Ley General de Salud y el Código Penal Federal.
La nueva ley establece que el cannabis y sus derivados están autorizados con fines personales; en uso compartido en asociaciones civiles y para comercialización y producción industrial; únicamente para adultos.
Las personas mayores de 18 años no podrán consumir frente a menores o quienes no expresen su consentimiento. La venta de marihuana solo estará permitida en establecimientos autorizados en el territorio nacional y la publicidad queda prohibida.
Las asociaciones de consumidores deberán constituirse con un mínimo de dos y un máxima de 20 integrantes, todos mayores de edad. No se podrá pertenecer a más de una asociación y el tope de siembra es de cuatro plantas de cannabis psicoactivo por persona al año.
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Los establecimientos interesados en comercializarla tendrán que tramitar una autorización y no podrán vender más de 28 gramos diarios por persona.
Las licencias con fines industriales serán cinco: cultivo, comercialización, exportación o importación e investigación. Por disposición de la norma se creará el Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis, encargado de otorgar, modificar, renovar suspender o revocar licencias relativas al nuevo mercado. Este órgano también participará en la formulación de las políticas públicas y ejes del control sanitario del cannabis y sus derivados.
La penalización para el comercio o suministro de marihuana sin autorización se mantiene. Las penas para los implicados pueden variar de 3 a 15 años de prisión.
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